Tipos de construcciones según el Reglamento de la CDMX
El Reglamento de construcción de la Ciudad de México (CDMX) establece diferentes tipos de construcciones según su uso y capacidad. A continuación, se explicará cada uno de ellos.
Construcciones habitacionales
Las construcciones habitacionales son aquellas destinadas a vivienda o alojamiento temporal. Según el Reglamento de construcción, se dividen en tres categorías:
- 1. Unidades de vivienda: son construcciones que cuentan con una o varias viviendas. Estas pueden ser de una o varias recámaras, con áreas de estar, cocina, baño y servicios.
- 2. Conjuntos habitacionales: son agrupaciones de unidades de vivienda que comparten áreas comunes como jardines, calles, estacionamientos y espacios de recreación.
- 3. Habitaciones en renta: son recámaras que se rentan de forma individual y que comparten servicios como baño, cocina y áreas comunes.
Construcciones comerciales
Las construcciones comerciales son aquellas destinadas al comercio, servicios y actividades económicas. Según el Reglamento de construcción, se dividen en tres categorías:
- 1. Comercios: son construcciones destinadas al comercio al menudeo o al mayoreo. Pueden ser tiendas, supermercados, mercados, entre otros.
- 2. Servicios: son construcciones destinadas a la prestación de servicios, como bancos, oficinas gubernamentales, consultorios médicos, entre otros.
- 3. Industrias: son construcciones destinadas a la producción de bienes, como fábricas, talleres, bodegas, entre otros.
Construcciones especiales
Las construcciones especiales son aquellas destinadas a usos específicos y que requieren de medidas especiales de seguridad y estructurales. Según el Reglamento de construcción, se dividen en cuatro categorías:
- 1. Hospitales y clínicas: son construcciones destinadas a la atención médica y hospitalaria. Deben cumplir con medidas de seguridad y estructurales específicas.
- 2. Escuelas y universidades: son construcciones destinadas a la educación y formación de personas. Deben cumplir con medidas de seguridad y estructurales específicas.
- 3. Edificios públicos: son construcciones destinadas a la administración pública y atención ciudadana. Deben cumplir con medidas de seguridad y estructurales específicas.
- 4. Edificios de gran altura: son construcciones que superan cierta altura y requieren de medidas de seguridad y estructurales específicas.
Establecimiento del artículo 109 del Reglamento de construcciones del Distrito Federal
El artículo 109 del Reglamento de construcciones del Distrito Federal establece las normas técnicas para la construcción de edificaciones. Este artículo especifica los lineamientos que deben seguirse para la construcción de edificios, incluyendo los requisitos de diseño, materiales, estructuras, instalaciones y servicios.
El artículo 109 también establece las medidas de seguridad que deben implementarse durante la construcción, así como las pruebas y ensayos que deben realizarse para asegurar la calidad y resistencia de la estructura.
El Reglamento de construcción de la CDMX
El Reglamento de construcción de la CDMX es una normativa que establece las regulaciones y lineamientos técnicos para la construcción de edificaciones en la Ciudad de México. Este reglamento se actualiza constantemente para adaptarse a las nuevas necesidades y avances tecnológicos.
El Reglamento de construcción de la CDMX incluye requisitos técnicos para la construcción de edificios, así como las medidas de seguridad que deben implementarse durante la construcción y el uso de la edificación. También establece las responsabilidades de los propietarios, constructores y supervisores de las obras.
Soy Damián González, un bloguero apasionado por la temática de reglamentos. Aunque no me considero un experto, me esfuerzo por compartir mi experiencia y conocimiento sobre este tema en mi sitio web. Mi objetivo es hacer que la información legal sea más accesible y fácil de entender para otros aficionados como yo. Bienvenidos 😉